Modificación artículo 13 Ley Infraestructuras Críticas
Modificación artículo 13 Ley Infraestructuras Críticas.
Importante para opositores Guardia Civil y Policía Nacional. Se modifica con efectos desde el 29 de agosto de 2022, las letras c), d) y se añade la letra h), en el art. 13 de la Ley 8/2011 Protección Infraestructuras Críticas, por la disposición final 2 de la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio.
La Disposición final segunda de Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, dice lo siguiente:
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas.
1. Se modifican los apartados c) y d) del artículo 13 de la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas, que quedan redactados como sigue:
«Artículo 13. Operadores críticos.
(…)
c) Elaborar el Plan de Seguridad del Operador en los términos y con los contenidos que se determinen reglamentariamente, debiendo acreditar la implantación de las medidas exigidas por la autoridad competente a través de la certificación oportuna.
d) Elaborar, según se disponga reglamentariamente, un Plan de Protección Específico por cada una de las infraestructuras consideradas como críticas en el Catálogo, debiendo acreditar la implantación de las medidas exigidas por la autoridad competente a través de la certificación oportuna.»
2. Se añade un nuevo apartado h) al artículo 13 con el siguiente tenor:
«h) Constituir un Área de Seguridad del Operador, de la manera que reglamentariamente se determine.»
Para texto completo pincha en el siguiente enlace: Descargar BOE
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-12644#df-2