Exclusiones médicas Guardia Civil
Causas de exclusión médica para el ingreso en la Guardia Civil
Existe un listado oficinal de causas por las que no podrías pertenecer al Cuerpo de la Guardia Civil y que te presentamos a continuación.
Desde la academia Granapol te aconsejamos que, antes de apuntarte a cualquier academia para comenzar tus estudios, revises con tu médico de cabecera si sospechas que puedes padecer alguna de ellas.
Te dejamos el enlace a la última revisión de las exclusiones médicas de la Guardia Civil Orden PCM/521/2021, de 27 de mayo
Actualización: Se elimina el límite de edad según
Motivos generales de exclusión
a) Se evaluarán los procesos que indiquen una posible incapacidad para completar adecuadamente los periodos de formación.
b) Se tendrán en cuenta los procesos que puedan ocasionar limitaciones futuras en el desempeño pleno de las funciones del servicio o que resulten en condiciones psicofísicas permanentemente insuficientes.
Las condiciones psicofísicas excluyentes se determinarán según la evidencia científica al momento de la convocatoria y la evaluación médica correspondiente. Esto no afectará la superación de las pruebas selectivas. Se realizará un cuestionario de salud y se llevarán a cabo exploraciones necesarias, como análisis de sangre, orina y pruebas específicas según sea necesario.
Parámetros biológicos generales
Índice de masa Corporal
Índice de masa comporal
Máxima: 30
Mínima: 17
Se calcula: peso / altura2
Peso en kg y talla en mts. Excepción: Se aceptarán IMC superiores a 30 si se deben claramente a un desarrollo muscular notable, sin presencia de patología o factores de riesgo adicionales.
Revisión General
Talla mínima: Sin límite tras Orden PCM/1133/2023. BOE-A-2023-21528
Talla máxima: Sin límite.
Malformaciones: incompatibles con la actividad
Anomalías: genéticas, congénitas o adquiridas incompatibles con la actividad policial
Procesos endocrinometabólicos que impidan la actividad
Enfermedades y causas generales
- Pérdida o alteración congénita o adquirida de cualquier parte del cuerpo que limite o dificulte las actividades del servicio.
- Enfermedades genéticas, hereditarias, constitucionales o adquiridas que limiten o dificulten las actividades del servicio o supongan un riesgo para la salud del examinado o terceros.
- Enfermedades congénitas o adquiridas que requieran tratamientos incompatibles con las actividades del servicio.
- Enfermedades infecciosas y parasitarias, parasitarias o que exijan tratamientos continuados o sean contagiosas e incompatibles con el servicio.
- Enfermedades inmunológicas, intoxicaciones o hemopatías que limiten las funciones del servicio o empeoren con los requerimientos operativos.
- Enfermedades alérgicas/inmunoalérgicas no controladas o agravables por las actividades del servicio.
- Enfermedades reumáticas que causen trastornos funcionales.
- Afecciones sistematizadas del tejido conjuntivo.
- Tumores malignos, lesiones precancerosas o benignas que limiten las funciones del servicio.
- Cualquier hallazgo, alteración, lesión o enfermedad que dificulte el desempeño de las funciones o suponga un riesgo.
- Consumo de sustancias psicotrópicas, drogas o medicación que afecte la capacidad de reacción o incapacite para las actividades del servicio.
Definitivas: Patologías crónicas, innatas o adquiridas
- Enfermedades de la piel o anejos que comprometan las funciones requeridas o impidan el uso del uniforme reglamentario.
- Afecciones de la piel o anejos, incluyendo secuelas, que afecten la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.
- Eczemas, cicatrices que limiten la función y otras enfermedades que dificulten o restrinjan el desempeño de las funciones del servicio, empeoren con los requerimientos operativos o requieran tratamientos específicos o de larga duración incompatibles con el servicio.
- Dermopatías contagiosas.
- Queda fuera de las exclusiones la psoriasis.
- Enfermedades del sistema nervioso central, periférico, vascular y/o muscular que causen alteraciones motoras o sensitivas incompatibles con las funciones del servicio.
- Enfermedades crónicas o lesiones del sistema nervioso que produzcan trastornos motores o sensitivos.
- Enfermedades desmielinizantes, como la esclerosis múltiple.
- Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas.
- Epilepsia y crisis convulsivas.
- Enfermedades que afecten las vías motoras voluntarias.
- Síndromes neurológicos que afecten las funciones corticales.
- Movimientos anormales generalizados o localizados.
- Temblor de cualquier causa.
- Deterioro cognitivo de cualquier causa.
- Enfermedades cerebrovasculares.
- Ataxias y síndromes vertiginosos de origen central.
- Otros síndromes medulares de cualquier etiología.
- Enfermedades amiotróficas de la motoneurona espinal.
- Enfermedades musculares y de la placa neuromuscular.
- Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que afecten el sistema nervioso.
- Trastornos del lenguaje (excepto disartria o tartamudez).
- Trastornos específicos del sueño que dificulten el desempeño de las funciones del servicio.
- Tumores cerebroespinales.
- Enfermedades o trastornos neurológicos que limiten el desarrollo pleno de las funciones profesionales debido a su naturaleza, evolución o requerimientos de tratamiento.
- Trastornos mentales orgánicos relacionados con una condición médica general.
- Esquizofrenia, trastornos esquizotípicos y esquizoafectivos, trastornos psicóticos con ideas delirantes y otros trastornos psicóticos.
- Trastornos bipolares.
- Demencias.
- Trastornos del estado de ánimo (afectivos).
- Trastornos de ansiedad, incluyendo los relacionados con situaciones estresantes y trastornos somatomorfos.
- Trastornos del comportamiento asociados con disfunciones fisiológicas o factores somáticos incompatibles con el desempeño o la adaptación a las funciones del servicio.
- Trastornos de la personalidad y del comportamiento incompatibles con el desempeño o la adaptación a las funciones del servicio.
- Trastornos del desarrollo intelectual que limiten el funcionamiento conceptual, emocional, práctico o social (cociente intelectual inferior a 90).
- Trastornos del desarrollo psicológico, del comportamiento y de las emociones incompatibles con las funciones del servicio o su adaptación.
- Trastornos mentales y del comportamiento causados por el consumo de sustancias psicotrópicas, drogas y alcohol.
- Cualquier otra alteración psíquica que afecte al individuo y comprometa el desempeño de sus actividades profesionales o represente un riesgo para sí mismo o para terceros.
- Alteraciones congénitas o adquiridas del aparato digestivo que puedan verse perjudicadas o agravadas por las actividades propias del servicio.
- Trastornos digestivos funcionales incompatibles con el servicio.
- Afecciones de boca o faringe que produzcan trastornos permanentes de la deglución.
- Problemas dentales o maxilares que dificulten la masticación.
- Afecciones del esófago que causen dificultad para tragar (disfagia).
- Afecciones del estómago, intestino y peritoneo que generen trastornos orgánicos o funcionales.
- Úlcera gastroduodenal activa.
- Enfermedades inflamatorias crónicas del intestino.
- Síndrome de malabsorción y maldigestión.
- Afecciones del recto y ano que causen retención, incontinencia u otras alteraciones que dificulten el desempeño de las tareas del servicio.
- Colostomía y enterostomía.
- Secuelas quirúrgicas que provoquen trastornos funcionales incompatibles con el servicio.
- Afecciones del hígado y vías biliares.
- Cirrosis e insuficiencia hepática.
- Síndrome de hipertensión portal.
- Pancreatitis y enfermedad fibroquística.
- Esplenectomía (excepto si es postraumática), evaluando su repercusión funcional e inmunológica.
- Hernias y eventraciones en la pared abdominal.
- Fístulas perineales y fístula sacrocoxígea.
- Trasplantes digestivos.
- Tumores del aparato digestivo.
- Cualquier enfermedad, alteración o trastorno anatómico o funcional del aparato digestivo que limite o dificulte el desempeño de las funciones del servicio.
- Queda fuera de las exclusiones la enfermedad celiaca.
- Enfermedades metabólicas de las glándulas endocrinas que limiten, incapaciten o tengan un pronóstico perjudicial para el desempeño de las funciones del servicio.
- Enfermedades endocrinometabólicas que requieran terapia sustitutiva continua.
- Enfermedades endocrinometabólicas que provoquen alteraciones morfológicas o funcionales con importancia pronóstica, limitando o impidiendo el cumplimiento pleno de las funciones del servicio, o que puedan agravarse debido a los requerimientos operativos propios de la actividad profesional.
- Trastornos de la conducta alimentaria con repercusión funcional.
- Alteraciones del estado nutricional que interfieran con el desempeño del servicio.
- Tumores hipotalámicos e hipofisarios.
- Hipofunciones no controladas adecuadamente de la corteza suprarrenal.
- Hiperfunciones no controladas adecuadamente de la corteza suprarrenal.
- Hiperlipemias significativas no controladas.
- Hiperuricemias significativas no controladas.
- Queda fuera de las exclusiones la diabetes.
- Afecciones congénitas o adquiridas de pulmón, tráquea, bronquios, pleura, mediastino y pared torácica, que causen alteraciones morfológicas o tengan repercusiones funcionales en las actividades propias del servicio, como insuficiencia respiratoria, trastornos ventilatorios o disnea con esfuerzos moderados.
- Afecciones crónicas de las vías respiratorias, pulmón, pleura, mediastino y pared torácica que afecten la función pulmonar y tengan repercusiones en las actividades del servicio.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y enfisema con deterioro funcional pulmonar que dificulte o afecte la actividad profesional.
- Asma bronquial, evaluando el estado clínico, funcional y la medicación necesaria para su control sin interferir con las actividades del servicio.
- Sarcoidosis pulmonar, considerando el estadio, tratamiento, función respiratoria y pronóstico.
- Tromboembolismo pulmonar, requiriendo la eliminación de la causa y una función respiratoria normal.
- Enfermedad tuberculosa pulmonar o pleural, exigiendo un año de inactividad después de un tratamiento adecuado y evaluando la capacidad respiratoria y el riesgo de reactivación.
- Tumores malignos de la tráquea, bronquios, pulmones, pleura, mediastino o diafragma.
- Tumores malignos de la caja torácica.
- Patología del diafragma que afecte la función respiratoria.
- Secuelas de cirugías de la tráquea, mediastino, estructuras musculoesqueléticas del tórax, segmentectomía o lobectomía si hay alteración de la función pulmonar.
- Síndrome de apnea del sueño.
- Cualquier enfermedad o afección del sistema respiratorio que limite o dificulte significativamente el desempeño adecuado de la función profesional.
- Hipertensión arterial: No debe superar 140 mm/Hg de presión sistólica y 90 mm/Hg de presión diastólica.
- Afecciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino y grandes vasos: Incluso si han sido corregidas quirúrgicamente.
- Insuficiencia cardíaca de cualquier causa.
- Arritmias cardiacas.
- Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
- Alteraciones de la conducción senoauricular y auriculoventricular, excluyendo el bloqueo AV de primer grado y el bloqueo de segundo grado tipo Wenckebach en ausencia de enfermedad cardíaca subyacente.
- Alteraciones de la conducción intraventricular, excepto el bloqueo incompleto de rama derecha y el hemibloqueo anterior.
- Síndromes de preexcitación, como el síndrome de Wolf-Parkinson-White y el síndrome de Lown-Ganon-Levine sintomáticos.
- Miocarditis, pericarditis y endocarditis.
- Valvulopatías, excepto la válvula aórtica bicúspide sin alteraciones funcionales ni de la raíz aórtica, y el prolapso mitral sin insuficiencia mitral.
- Antecedentes de cirugía cardiaca, coronaria o de grandes vasos.
- Cardiopatía isquémica.
- Miocardiopatías primarias o secundarias.
- Arteriopatías.
- Varices o insuficiencia venosa periférica.
- Linfedemas significativos.
- Cualquier afección del aparato circulatorio que pueda agravarse o limitar el desempeño de las funciones propias de la Guardia Civil.
- Enfermedades o lesiones que limiten el desempeño adecuado en el servicio.
- Secuelas de cirugías óseas o articulares que afecten la función.
- Limitaciones significativas de movimiento o alteraciones funcionales debido a problemas congénitos o adquiridos.
- Ausencia o pérdida de extremidades que dificulten el uso normal.
- Condiciones que dificulten el uso del calzado, equipamiento o uniforme, y causen trastornos funcionales en la marcha y ejercicio.
- Atrofia o distrofia del miembro superior con trastornos funcionales.
- Pérdida o daño importante en los pulgares o el segundo dedo de la mano.
- Pérdida de dedos de la mano, excepto una falange de los dedos tercer, cuarto o quinto.
- Alteraciones que disminuyan significativamente la capacidad de agarre o la función de la mano.
- Cicatrices o alteraciones que limiten la función de la mano.
- Pérdida de la falange distal del primer dedo del pie, dedo y metatarsiano, o dos dedos en el mismo pie.
- Problemas anatómicos o funcionales en el pie que causen dolor o limiten el uso del calzado, la marcha o el ejercicio.
- Diferencia en longitud de piernas de dos o más centímetros.
- Anomalías en la columna vertebral que afecten la función.
- Cifosis o curvatura excesiva de la columna.
- Escoliosis con una curvatura importante.
- Desviaciones en las articulaciones de cadera, rodilla o tobillo que dificulten la marcha o el ejercicio.
- Tumores malignos en el sistema locomotor.
- Infecciones óseas activas o curadas con secuelas significativas.
- Anomalías o alteraciones del ojo y sus anejos que causen alteraciones anatómicas o trastornos funcionales significativos.
- Pérdida o atrofia de un globo ocular, cuerpos extraños intraoculares o cirugía intraocular.
- Exoftalmos que interfiera con el cierre de los párpados.
- Patologías orbitarias o secuelas con repercusiones funcionales.
- Dacriocistitis crónica, epíforas crónicas.
- Blefaroptosis que obstruya la visión al mirar hacia adelante.
- Coloboma congénito de párpado, alteraciones palpebroconjuntivales, entropión, ectropión, triquiasis y distriquiasis.
- Conjuntivitis crónica, tracoma, xeroftalmia, pterigión marcado, alteraciones conjuntivales cicatriciales.
- Queratitis, leucomas corneales, estafilomas, degeneraciones y distrofias corneales, trasplante de córnea, queratocono.
- Inflamaciones del iris y cuerpo ciliar, trastornos pupilares significativos.
- Problemas en el vítreo, hemorragias, organización fibrosa, hematoma traumático, cirugía vitreorretiniana.
- Opacidades del cristalino, catarata, subluxación o luxación del cristalino, ectopias, afaquia, lentes intraoculares.
- Retinopatías, degeneraciones y tumores de la retina, hemeralopia, agujeros y desgarros retinianos, desprendimiento de retina, embolias, trombosis, vasculitis.
- Neuritis, edema y atrofia óptica.
- Glaucoma o alteraciones de la tensión ocular.
- Visión cromática normal requerida.
- Campo visual con escotomas o reducciones superiores a 15 grados.
- Agudeza visual mínima exigida de al menos 0.7 en ambos ojos.
- Máximos defectos de refracción permitidos: +3 dioptrías de hipermetropía, -3 dioptrías de miopía, +/-2 dioptrías de astigmatismo.
- Forias: endoforia superior a 8 dioptrías, exoforia superior a 10 dioptrías, hiperforia superior a 1 dioptría.
- Alteraciones de la motilidad ocular, parálisis y paresias con repercusiones funcionales, heterotropias superiores a 3 dioptrías, nistagmo, diplopía.
- Alteraciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oídos que afecten la respiración, la fonación o la audición.
- Tumores benignos o malignos en oídos, fosas nasales, senos paranasales, boca, faringe y laringe.
- Hipoacusia de cualquier origen. Se considera una causa de exclusión una pérdida de audición unilateral superior al 25% o bilateral superior al 18%. Se realizará un examen auditivo funcional según las normas internacionales (ANSI-ISO).
- Cualquier alteración congénita o adquirida del sistema auditivo o del equilibrio con relevancia pronóstica o funcional.
Enfermedades de la sangre o los órganos hematopoyéticos que, debido a su importancia funcional o pronóstico, puedan limitar el desempeño de las funciones requeridas en el servicio o que puedan empeorar debido a las responsabilidades profesionales.
Enfermedades o trastornos inmunológicos que dificulten o limiten el cumplimiento de las funciones requeridas en el servicio, o que requieran tratamientos específicos y/o de larga duración.
Trastornos de la coagulación.
- Queda fuera de estas exclusiones el VIH
Sistema Urinario:
- Enfermedades o alteraciones congénitas o adquiridas que afecten las actividades del servicio.
- Anomalías en el riñón y vías excretoras que alteren la función urinaria.
- Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
- Enfermedades renales y nefropatías médicas.
- Insuficiencia renal.
- Nefroptosis.
- Hidronefrosis.
- Anomalías en vías urinarias bajas que causen retención de orina, fístulas, reflujo vesico-ureteral, micción anómala o infecciones urinarias recurrentes.
- Tumores malignos y complicaciones de riñón y vías urinarias.
- Tumores benignos de riñón y vías urinarias con importancia clínica funcional o pronóstica.
- Incontinencia urinaria y trastornos funcionales de vejiga.
- Trasplante renal.
- Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato urinario que dificulte o limite el desempeño de las funciones profesionales o pueda verse agravada por ellas.
Aparato Genital Masculino:
- Enfermedades o alteraciones congénitas o adquiridas que afecten las funciones del servicio.
- Tumores malignos del aparato genital masculino.
- Tumores benignos del aparato genital masculino con importancia clínica funcional o pronóstica.
- Hidrocele o varicocele no corregidos quirúrgicamente antes de la presentación en el centro docente de formación.
- Disgenesias gonadales masculinas según su repercusión funcional.
- Epispadias y hipospadias según su repercusión funcional.
- Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital masculino que limite o dificulte el desarrollo de las funciones profesionales.
Aparato Genital Femenino:
- Enfermedades o alteraciones congénitas o adquiridas que afecten las funciones del servicio.
- Tumores malignos y lesiones precancerosas del aparato genital femenino y mama.
- Tumores benignos del aparato genital femenino y mama con importancia clínica funcional o pronóstica.
- Disgenesias gonadales femeninas según su repercusión funcional.
- Displasias.
- Prolapso genital.
- Varicosidades vulvares o de genitales internos significativas.
- Fístulas.
- Trastornos funcionales o anatómicos del aparato genital femenino que limiten o dificulten el desempeño normal de las funciones profesionales.
- Ginecomastia unilateral o bilateral, mastopatías, hipertrofia mamaria y prótesis mamarias (evaluadas según naturaleza y compatibilidad con uniforme y equipo reglamentarios).
- Lesiones benignas de la mama que impidan o dificulten el uso de la uniformidad reglamentaria.
- Endometriosis incapacitante
En resumen:
El cuadro médico de exclusiones para ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil establece una serie de condiciones y enfermedades que pueden ser motivo de exclusión. Se considerarán situaciones de exclusión aquellas que hagan prever la incapacidad para realizar los periodos de formación adecuadamente o que puedan ocasionar limitaciones en el desempeño pleno de las funciones propias del servicio. El cuadro médico se basa en evidencia científica en el momento de la convocatoria y se aplica a través de un cuestionario de salud y exploraciones médicas.
Las exclusiones se dividen en diferentes categorías, como parámetros biológicos, enfermedades y causas generales; piel y tejido celular subcutáneo; enfermedades y trastornos neurológicos; psiquiatría; enfermedades del aparato digestivo; enfermedades endocrinometabólicas; y enfermedades del aparato respiratorio. En cada una de estas categorías se detallan las condiciones y enfermedades que pueden ser motivo de exclusión, como talla y peso fuera de los rangos establecidos, enfermedades congénitas o adquiridas, trastornos neurológicos, trastornos mentales, enfermedades del aparato digestivo, enfermedades endocrinometabólicas y afecciones del aparato respiratorio, entre otras.
El objetivo de este cuadro médico es garantizar que los aspirantes a la Guardia Civil cuenten con las condiciones psicofísicas adecuadas para desempeñar sus funciones de manera efectiva y segura. El cumplimiento de estos criterios médicos es necesario para la superación de las pruebas selectivas y el ingreso en los centros de formación.